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martes, diciembre 17, 2013

Retraso en la aplicación de la Ley de Turismo

LOS GUÍAS DE TURISMO SIGUEN ESPERANDO A QUE LA JUNTA ESTABLEZCA LOS REQUISITOS DE SU PROFESIÓN

El portavoz socialista de Cultura y Turismo, José Ignacio Martín Benito, denunció ayer las Cortes de Castilla y León el retraso de la Junta en el desarrollo de la Ley de Turismo, "aprobada hace tres años"

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Los guías de turismo siguen esperando que la Junta establezca los requisitos de su profesión - salamanca24horas

“La falta del Reglamento de la Ley de Turismo está generando incertidumbre en el sector”, denunció el portavoz socialista en su intervención en defensa de la proposición no de Ley socialista instando a la Junta a aprobar dicho Reglamento “porque la crisis del sector turístico de la comunidad requiere de políticas ágiles y comprometidas por parte de los responsables públicos y no la parsimonia y lentitud de la Junta hacia un sector que en los dos últimos años ha perdido 3.786 empleos en Castilla y León”. 
 
Martin Benito expuso que la Ley de Turismo hace constantes referencias a reglamentar normativamente diversos aspectos, pero, tras tres años desde su aprobación, la Junta no ha elaborado la normativa necesaria para la especialización de los establecimientos de alojamiento hotelero, ni los requisitos que deben cumplir los establecimientos en la modalidad de camping, o los establecimientos de restauración y tampoco se conocen los requisitos que deberán cumplir las actividades de turismo activo o las actividades de intermediación turística. 
 
Asimismo, tal y como destacó el procurador socialista “la Junta aún no ha establecido los requisitos relativos a la profesión de Guías de Turismo a pesar de que los Guías de Turismo han clamado en repetidas ocasiones contra el intrusismo profesional y de que la Ley establece en su artículo 50.3 que los requisitos relativos al ejercicio de dicha profesión se determinaran reglamentariamente”. “Lo cierto, es que a día de hoy, la parsimonia de la Junta continúa con la falta de reglamentación respecto al procedimiento para adquirir la condición de Recurso Turístico de la Comunidad, la declaración de Espacio Turístico Saturado, las actividades turísticas complementarias, las declaraciones de interés turístico, las oficinas de información turística, los puntos de información integrados en la Red de oficinas de Turismo y la organización y funcionamiento del Registro de infractores en materia de turismo". 

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