Declaración de Hacienda
LOS CONTRIBUYENTES PUEDEN CONFIRMAR EL BORRADOR DE RENTA A PARTIR DEL 2 DE ABRIL
La Agencia Tributaria ha emitido, hasta el 28 de marzo, 2.720.000 borradores del IRPF, un 100 % más que los emitidos en el mismo periodo del año pasado
M.E.H.
La Agencia Tributaria ha emitido, hasta el 28 de marzo, 2.720.000 borradores del IRPF, un 100 % más que los emitidos en el mismo periodo del año pasado
M.E.H.
Desde este lunes, 2 de abril, comienza el plazo para confirmar el borrador de Renta que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) está enviando a los contribuyentes que lo han solicitado. El contribuyente, después de revisar el borrador, lo puede completar o rectificar antes de confirmarlo. La confirmación del borrador supone la presentación de la declaración del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). El plazo de confirmación del borrador concluye el 2 de julio (último día de campaña de Renta), salvo si el resultado es a ingresar y se domicilia el plazo, en cuyo caso, el periodo acaba el 25 de junio.
Hasta el 28 de marzo, la Agencia Tributaria había emitido 2.720.000 borradores de Renta, lo que representa un incremento del 100 % respecto a los elaborados en el mismo periodo del año pasado (1.349.000). La Agencia Tributaria prevée que a mediados de mayo se haya enviado la práctica totalidad de los borradores y datos físicos solicitados hasta esa fecha.
Existen varias vías para confirmar el borrador, según sea el resultado a devolver o a ingresar y si se domicilia o no el pago. Domiciliar el pago significa que se puede presentar la declaración de la Renta o confirmar el borrador del IRPF cualquier día, pero que el pago no se hará efectivo hasta el 2 de julio, último día de la Campaña de Renta. La domiciliación no impide seguir fraccionando en dos plazos el pago del impuesto (el segundo plazo se paga el 5 de noviembre).
En el momento de confirmar el borrador, el contribuyente necesitará alguno de estos datos: el NIF, el número de cuenta corriente, el número de referencia del borrador (aparece en la carta que acompaña al borrador) y el número de justificante (es el que aparece en el documento de ingreso o devolución que acompaña al borrador). Para confirmar el borrador de Renta por internet no es necesario el certificado de firma electrónica, salvo si se va a pagar en ese momento.
Por internet puede confirmarse en www.agenciatributaria.es. También puede confirmarse personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria y en las oficinas y cajeros de las entidades financieras colaboradoras. Por teléfono., puede hacerse en el 901 200 345, de 9 a 21 h. de lunes a viernes y por SMS (5025).
Foto: Delegación de Hacienda de Benavente.
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